Nuevas admisiones excepcionales 2025-1 programas de Pregrado

La Subdirección de Admisiones y Registro publica las nuevas admisiones excepcionales aprobadas y no aprobadas por el Consejo Académico para el periodo 2025-1

El Consejo Superior ha aprobado de forma PERMANENTE el artículo 10 del acuerdo 038 de 1991, estableciendo lo siguiente

“Parágrafo. Quien reingrese a la Universidad, debe optar respecto a la liquidación de la matrícula, entre: 1) Mantener el factor de liquidación del último semestre pagado al momento de perder su calidad de estudiante; o 2) Presentar nuevamente documentos para la liquidación de matrícula. En caso de no recibir manifestación sobre la opción para la liquidación de matrícula, LA UNIVERSIDAD adoptará la opción 1) del presente parágrafo.

El acuerdo fue aprobado el pasado 04 de febrero, rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.