Reintegro Posgrado

AcciónFacultadDesdeHasta
Reintegros
(Reglamento Estudiantil, Acuerdo 026 de Art 1°)
Programas de Posgrado01-sep-2526-sep-25

(Acuerdo 026 de 2020, art. 1, literal b)

El reintegro es la autorización otorgada por el Consejo de Programa de Posgrado (o quien haga sus veces) a una persona que, después de haber iniciado un programa, reservó su cupo o realizó la cancelación total del registro, para continuar regularmente sus estudios en el SIFA.

Condiciones

  • Se permite un máximo de dos (2) solicitudes de reintegro.
  • El plazo para solicitarlo es de:
    • 2 años después de la cancelación total del registro (especialización y maestría).
    • 3 años para programas de doctorado.
  • Una vez autorizado, el estudiante podrá renovar su matrícula según las fechas del calendario académico.
  • El Consejo de Programa de Posgrado establecerá la situación académica del estudiante, conforme a los planes de estudio vigentes.

Cronograma Radique Solicitud Reintegros Aprobados y no Aprobados